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sábado, 6 de septiembre de 2014

Nuevas normas para emitir facturas

Seniat las publicó en Gaceta Oficial Nº 40.488 Nuevas normas para emitir facturas Nuevas normas para emitir facturas
Caracas, septiembre 5 (Prensa Seniat).- Este viernes, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó en la Gaceta Oficial Nº 40.488 la Providencia Administrativa N° 0032, que regula la utilización de medios distintos para la emisión de facturas y otros documentos por los prestadores de servicios masivos. José David Cabello Rondón, superintendente del Seniat, dijo que es deber de la administración tributaria velar por el cumplimiento de las normas destinadas a fortalecer el control fiscal, además de impulsar el uso de medios tecnológicos para asegurar un máximo de eficiencia y eficacia en los servicios prestados. Recordó que el Seniat debe contribuir a la protección del ambiente, conforme al artículo 127 de la Constitución, razón por la cual este instrumento busca utilizar medios distintos al papel, para la emisión de facturas y otros documentos de los prestadores de servicios masivos. Entre los rubros aprobados en este instrumento legal, destacan las personas jurídicas públicas o privadas que presten servicios de: agencias de viajes y similares; agua potable; aseguradoras; aseo urbano; courier de carga y mensajería; difusión de televisión por suscripción; electricidad; emisión de vales, cupones, tiquetes y tarjetas electrónicas de beneficios sociales de alimentación; gas doméstico; Internet; líneas aéreas; telefonía básica y telefonía móvil. A los fines de acoger al nuevo régimen, los interesados deberán presentar ante la Intendencia Nacional de Tributos Internos una solicitud de autorización para la utilización de medios distintos para la emisión de facturas. Asimismo, deben emitir al menos 10 mil facturas mensuales y en su base de datos un reporte de actividad, con registrada electrónicamente toda acción efectuada, modificación o anulación. También se exige disponer de capacidad técnica para respaldar diaria, semanal y mensualmente la información contenida en las facturas y resguardar el respaldo de esa información en medios magnéticos o electrónicos, ubicados en al menos un lugar distinto del domicilio fiscal del emisor y dentro de Venezuela, para preservar el control fiscal por parte del Seniat.

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